Jose Ignacio Guillén Agüera

Graduado Social – Auditor Laboral de Legalidad - Especialista en Gestión y Procedimientos Laborales

Subvenciones Autónomos y Empresas + Ayudas a trabajadores en ERTE

A continuación detallamos dos resoluciones ciertamente importantes en lo que a ayudas y subvenciones se refiere:

  1. Extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, publicado en el BOJA Extraordinario nº 55 de hoy día 15 de junio de 2021:

Para poder acceder a las mismas, entre otras cuestiones, deberá haberse realizado durante 2019 y 2020 al menos una de las actividades económicas previstas en los códigos de la CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que se recogen en los Anexos I y II del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, así como continuar en el ejercicio de dicha actividad, de conformidad con lo establecido en el apartado uno.1 de la Orden HAC/348/2021, de 12 de abril. Plazo ampliado hasta el 30.07.2021.

  1. En enlace que te adjunto, te remito para tu conocimiento y efectos  Resolución de 29 de junio de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve la concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas, para compensar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y de las personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la prestación extraordinaria a causa del COVID-19, publicada en el BOJA nº 128 del día 6 de julio de 2021:

La misma establece autorizar y disponer un pago único, por importe del 100% de la ayuda, esto es, de 210 euros a cada persona beneficiaria.

Recordaros que desde la asesoría no tenemos capacidad ni posibilidad de realizar el trámite de subvenciones, cuando además se da la circunstancia de que en los centros CADE de la Junta de Andalucía se hace de forma gratuita. No obstante lo anterior, si tenéis dificultad para desplazaros o falta de tiempo, podríamos estudiar su preparación y presentación.

La persona de contacto sería Vanesa Sedeño (956614602 – administracion3@gya-asesores.com)

Muchas gracias y a vuestra disposición.

Normativa:

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