Fuente elderecho.com
Al cerrar las cuentas del año pasado y calcular el Impuesto sobre Sociedades, verifique si más de la mitad del activo está compuesto por elementos no afectos y si eso le obliga a tributar como sociedad patrimonial…
RIESGO DE SER PATRIMONIAL
Composición del activo.Al calcular el Impuesto sobre Sociedades (IS) del ejercicio pasado, revise las cuentas y verifique si le es aplicable el régimen de entidades patrimoniales. ¡Atención! Esto sucederá si más del 50% del activo de su empresa está constituido por valores o activos no afectos a una actividad económica.
Menos incentivos.Su empresa puede verse perjudicada si le es de aplicación dicho régimen, ya que perderá ventajas fiscales importantes. Apunte. Así, por ejemplo:
- No podrá disfrutar de los incentivos de las empresas de reducida dimensión (amortización acelerada, reserva de nivelación…).
- Si se ha constituido recientemente, en los dos primeros ejercicios con beneficios (los cuatro primeros si se trata de una start-up ) no tendrá derecho al tipo reducido del 15%.
- Si entre los socios de la empresa hay otras sociedades y éstas venden sus participaciones, tendrán limitaciones al aplicar el incentivo de la exención por doble imposición en su IS.
¿CÓMO SABER SI ES PATRIMONIAL?
Balances trimestrales.Para saber si los valores y elementos no afectos de su empresa superan el 50% del activo, tome en consideración la media de los balances trimestrales del ejercicio (no el balance a 31 de diciembre). Y si su empresa es la entidad dominante de un grupo mercantil, considere la media de los balances consolidados (con independencia de que su grupo formule o no cuentas consolidadas). Apunte. Recuerde que su empresa debe elaborar balances de comprobación de sumas y saldos al menos trimestralmente, siendo dichos balances los que deben emplearse en esta comprobación.
Dinero y derechos de crédito.Asimismo, al cuantificar si los valores y activos no afectos superan el 50% del activo, no compute entre ellos el dinero y los derechos de crédito procedentes de transmisiones de elementos afectos realizadas en el mismo ejercicio o en los dos anteriores , ni tampoco el dinero y los derechos de crédito que provengan del desarrollo ordinario de su actividad económica . Vea un ejemplo a continuación.EJEMPLO
Tesorería.Su empresa dispone de maquinaria y otros activos afectos por valor de 150.000 euros y en los últimos cuatro años ha acumulado una tesorería de 300.000 euros. Pues bien, en el IS de 2023 su empresa puede ser patrimonial dependiendo de la procedencia de dicha tesorería:
- Caso 1.Toda la tesorería procede de la actividad habitual de los últimos cuatro años.
- Caso 2.De los 300.000 euros, 262.500 proceden de la venta de activos afectos efectuada en 2020, y 37.500 euros del propio negocio.
- Caso 3.Igual que el caso anterior, pero en este supuesto la venta de los activos se realizó en el ejercicio 2021.
Concepto | Caso 1 | Caso 2 | Caso 3 |
Total activo | 450.000 | 450.000 | 450.000 |
Maquinaria y otros | 150.000 | 150.000 | 150.000 |
Tesorería afecta | 300.000 (1) | 37.500 | 300.000 (3) |
Tesorería no afecta | – | 262.500 (2) | – |
¿Es patrimonial en 2023? | No | Sí | No |
Como toda la tesorería la ha generado el propio negocio, sigue estando afecta en el futuro (sin que exista un límite temporal que haga cambiar esta consideración).
Para evitar que esta tesorería se compute como no afecta, en 2023 debería haber sido reinvertida en activos afectos a la actividad, o bien haberse repartido entre los socios como dividendo. Al representar el 58,33% del activo, en 2023 la sociedad pasa a ser patrimonial.
Estos 262.500 euros de tesorería dejarán de estar afectos a la actividad en 2024.
Se consideran elementos afectos tanto l a tesorería como los derechos de crédito que procedan de transmisiones de elementos afectos realizadas en el mismo ejercicio o en los dos anteriores, o bien que se deriven del desarrollo ordinario de la actividad económica.