El Real Decreto-Ley 5/2021 recoge una nueva Línea Covid de ayudas directas para empresas y autónomos. Comprueba si reúnes las condiciones requeridas por la Administación para beneficirte de esta aportación económica.
Fuente emprendedores.es
Estas ayudas disponibles para empresas y autónomos se canalizan a través de las comunidades autónomas. Sin embargo, la norma establece unos límites máximos que deben cumplir todas las pymes y los autónomos a nivel nacional para poder recibirlas.
¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?
Las empresas y autónomos del sector de la hostelería y la restauración, los sectores con acceso a los ERTE ampliados y otros especialmente afectados por la pandemia. Debe estar incluida su actividad en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas –CNAE 09– que establece la norma. Habrá que justificar el mantenimiento de la actividad que da derecho a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022. En caso contrario, tendrá que devolverlas.
Asímismo, se permite a las Comunidades Autónomas ampliar los sectores y empresas que podrán beneficiarse de la línea de ayudas directas a autónomos y empresas.
¿Cuál es la ayuda máxima que se concederá?
a) 3.000 € cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.
b) Para aquellos cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el IVA o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019:
• El 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
• El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes con más de 10 empleados.