Fuente 20minutos
La declaración del cuarto estado de alarma de la democracia implica restricciones a la movilidad en horario nocturno, el conocido como toque de queda, y sirve de paraguas a los cierres perimetrales que dispongan las Comunidades Autónomas. Esta limitación tiene como excepciones un conjunto de desplazamientos inaplazables.
Pero, ¿cómo se justifican adecuadamente? Teniendo en cuenta cómo se hizo en el confinamiento de primavera y en el cierre perimetral y temporal de Madrid, estos son algunos de los documentos que se pueden exhibir ante las fuerzas de seguridad para acreditar que se está en un supuesto de excepción:
Un certificado autorresponsable
La Generalitat de Catalunya ha puesto a disposición de los ciudadanos en su página web un certificado autorresponsable en el que se puede indicar qué motiva el desplazamiento, dentro los supuestos permitidos, así como desde dónde y hasta dónde se va a transitar.
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
En horario nocturno está permitida salir para la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
Los agentes deben decidir si la urgencia es suficiente para realizar ese desplazamiento. El ticket de la compra de medicamentos o un justificante del veterinario podría servir para regresar al domicilio de una urgencia sanitaria.
Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales.
A pesar de la experiencia previa de un confinamiento duro en primavera y de que la movilidad se ha visto restringida en numerosos municipios españoles desde entonces, todavía no existe en España un documento único oficial que sirva como salvoconducto por motivos laborales, profesionales o empresariales.
El BOE publicó un modelo tipo cuando el anterior estado de alarma y la la Comunidad de Madrid lanzó un certificado que permite al portador justificar la entrada y salida de las zonas donde se decretaron restricciones para combatir el coronavirus que pueden servir en este momento.
Retorno al lugar de residencia habitual tras actividades autorizadas.
Siempre se puede regresar al domicilio familiar, que son los que aparecen en el certificado de empadronamiento o en el Documento Nacional de Identidad. Pero habrá que demostrar ante el agente que se ha efectuado un desplazamiento de los que recoge este listado. Quienes vuelvan a casa después de un viaje también quedan exentos, si enseñan el billete.
Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
En el confinamiento y durante los cierres perimetrales también se ha permitido el desplazamiento a otros municipios por motivo de cuidados de dependientes. Cualquier documento que exponga que un familiar tiene algún grado de dependencia concedida, serviría. Los agentes pueden acompañarnos hasta el domicilio del dependiente para comprobarlo.
Repostaje en gasolineras
Como novedad, la lista de actividades permitidas en toque de queda incluye el repostaje gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores. El ticket de la compra de combustible, con fecha y hora, puede servir ante la autoridad.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada
El Gobierno y las autonomías, en sus excepciones a los estados de alarma o confinamientos, han dejado siempre un último apartado para poder alegar otros supuestos que exijan la movilidad de las personas. La decisión queda al albur de la decisión de los agentes, aunque las sanciones son recurribles.