Jose Ignacio Guillén Agüera

Graduado Social – Auditor Laboral de Legalidad - Especialista en Gestión y Procedimientos Laborales

El nuevo sistema de cotización de autónomos en ocho claves

La Seguridad Social resume los puntos principales de la reforma del Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) que entrará en vigor en 2023

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Queda menos de un mes y medio para que la reforma del Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) que pone fin a la libre elección de la base de cotización entre entre en vigor. La Seguridad Social resume en 8 puntos clave los aspectos más destacados de esta reforma.

1. Entrada en vigor

La reforma del Régimen Especial del Trabajador Autónomo (RETA) entra en vigor el 1 de enero 2023. Desde entonces, se despliega progresivamente (durante 3 años) un sistema de 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en 9 años (2032).

2. Cuantía de las cuotas

Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos. Las disposiciones adicionales del decreto especifican que, pasados los tres años para los cuales está prevista la aplicación de los tramos, los interlocutores sociales tendrán que pactar los tramos para los próximos años, hasta 2032.

3. Tramos

Estas serán las nuevas cuotas en función de los 15 tramos que entran en vigor en 2023:

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Cotización de autónomos FOTO: M. ROSELLÓ

4. Cambios de tramo

Los autónomos tendrán la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al año, para adaptar su cotización a las previsiones de ingresos en cada época del año y de su actividad profesional. Por ello, resulta imprescindible hacer una estimación de ingresos lo más cercana posible, basándose en los resultados obtenidos el año anterior.

La única gestión que deben realizar los trabajadores por cuenta propia para cambiar de tramo es comunicar a la Seguridad Social la base de cotización elegida en base a los ingresos reales, a través del portal Import@ss.

Los cambios de base de cotización tendrán efectos desde los días 1 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre respecto a los cambios solicitados durante los dos meses inmediatamente anteriores a esas fechas. Por lo tanto, si se solicita el cambio entre el 1 de enero y el 29 de febrero de 2023, la nueva cotización se aplicará a partir del 1 de marzo. Los cambios también se deben comunicar mediante Import@ss.

5. Cálculo rendimientos

Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios).

6. Tarifa plana

Los nuevos autónomos podrán beneficiarse de la tarifa plana, que a partir de enero pasará a ser de 80 euros durante 12 meses, frente a los 60 euros actuales (se encarece un 33%). Pasado ese periodo, esa cuota reducida solo se prorrogará para los autónomos que no hayan conseguido que sus rendimientos despeguen y sigan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el resto, se aplicará la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos.

Los autónomos que se hayan dado de alta antes del 1 de enero de 2023 podrán seguir disfrutando de la cuota de 60 euros. hasta que se cumpla su primer año como trabajadores por cuenta propia, posteriormente se aplicará el actual sistema de reducciones de la tarifa plana pero respecto a las nuevas cuotas.

7. Bajos ingresos

Los autónomos con ingresos más bajos experimentarán una reducción de su cuota de más del 30% respecto a la actual. Los trabajadores autónomos con rendimientos por debajo del SMI, entre los que abundan jóvenes y mujeres, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025.

8. Acción protectora

La reforma incluye una mejora en el esquema de protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia. A partir de 2023, los autónomos podrán acceder al cese de actividad, en algunos casos sin necesidad de cerrar su negocio, si tienen deudas; si han tenido que reducir la jornada de sus empleados o si el Consejo de Ministros pone en marcha el Mecanismo Red por crisis sectorial o cíclica.

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