Entre las principales medidas establecidas por esta orden cabe señalar, las destinadas a garantizar la protección de los trabajadores en su puesto de trabajo, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos.
Las medidas referidas al ámbito laboral, se incluyen en el Capítulo I, sección 2ª, artículos 3 a 6 de la orden, en concreto, son “Medidas de higiene y prevención”. Si bien se hace referencia a otras medidas específicas a lo largo de la citada orden.
Puede consultar los detalles de la orden en el siguiente enlace BOE-A-2020-5088
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