Jose Ignacio Guillén Agüera

Graduado Social – Auditor Laboral de Legalidad - Especialista en Gestión y Procedimientos Laborales

INFO LABORAL DE INTERÉS COVID-19: Horario de verano – Inspección de Trabajo.

Horario de trabajo (ET art.34 redacc RDL 6/2019 y RDL 8/2019) – Horario de verano:

Aunque en muchas empresas, durante la mayor parte del año, se trabaje con un sistema de jornada partida con una pausa en medio para comer, es muy frecuente que los convenios colectivos o, en su defecto, otro tipo de pactos o el propio contrato de trabajo establezcan la jornada intensiva  o continua. Esta expresión alude al horario que se establece, fundamentalmente en el periodo estival, que implica un adelanto de la hora de inicio de la jornada diaria y la eliminación de la pausa de la comida, con el consiguiente adelanto de la hora de salida. También es habitual que los viernes se realice este tipo de jornada.

En estos días se prevén más de 10.000 visitas de la Inspección de Trabajo que no solo revisarán la legalidad o corrección de los ERTES sino también otro tipo de cuestiones, entre ellas, el cumplimiento de los horarios de verano en aquellas empresas en los que esté regulados convencionalmente: construcción y todas aquellas actividades que tengan exposición prolongada o potenciales golpes de calor …

Las sanciones les puedo garantizar que no son precisamente bajas.

Ante la dudan, pregunten si su convenio regula el horario específico de verano.

Sabemos que hay que recuperar tiempo y productividad perdida durante el Estado de Alarma y confinamiento pero eso no nos debe llevar a incumplir las normas.

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