Fuente 20MINUTOS
- El trabajador no tendrá que entregar el parte a su empresa y los médicos también verán aligerada su carga de trabajo.
A partir del próximo 1 de abril, entra en vigor una importante novedad en materia de bajas laborales. Tal y como publica la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, no será necesario que el trabajador entregue a su empresa los partes de baja.
El facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan solo una copia del mismo y no será necesario que la persona trabajadora tenga que trasladar una copia de ese parte a la empresa que lo podrá descargar del Fichero INSS Empresas.
Desde el 1 de abril, el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por vía telemática.
Una vez recibida esa información, las empresas podrán consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas. Cuando la empresa o el empleador no tenga obligación de incorporarse al Sistema RED, las comunicaciones se realizarán por correo ordinario y por SMS. Esta información estará disponible también en la sede electrónica de la Seguridad Social.
Por su parte, las empresas tienen la obligación de remitir al INSS, en un plazo máximo de tres días hábiles y a través del Sistema RED, los datos económicos del parte médico de baja. Así, las empresas ya no tendrán que transmitir al INSS los datos económicos contenidos en los partes de confirmación y de alta, simplificando también estos procesos.
Menos trabajo para los médicos
El objetivo es facilitar y agilizar la labor de los médicos en lo que respecta a la gestión de los partes de IT, ya que el INSS no va a exigir la cumplimentación de la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO) por parte del doctor, lo que supone una disminución de la carga de trabajo que asumen, puesto que pasará a ser voluntario por parte de los servicios de salud.
Además, a partir de abril serán ahora las empresas las responsables de cumplimentar la información de la actividad funcional que desarrolla el trabajador, es decir, tanto la cumplimentación del CNO como una descripción de las funciones que desempeña el trabajador y el detalle de su puesto de trabajo.