Jose Ignacio Guillén Agüera

Graduado Social – Auditor Laboral de Legalidad - Especialista en Gestión y Procedimientos Laborales

Novedades Fiscales y Laborales

Fuente Lefebvre

QMemento Soluciona    
Presupuestos Generales del Estado 2022
Con fecha 29-12-2021, se ha publicado en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (L 22/2021).

A continuación, recogemos las principales novedades en el ámbito tributario y en materia laboral y de Seguridad Social.
FISCAL
En materia tributaria se recogen, entre otras, las siguientes novedades:
 
IRPF:
  Planes de pensiones. Se reduce a 1.500 euros (2.000 euros en 2021) la aportación máxima anual al plan de pensiones individual que da derecho a disfrutar de reducción en el IRPF. No obstante, en el caso de las aportaciones a planes de pensiones de empresa, será posible aportar hasta 10.000 euros (sin que la suma de aportaciones a planes individuales y de empresa pueda superar los 10.000 euros). La aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se mantiene en 1.000 euros anuales.  Módulos. Se prorrogan para el ejercicio 2022 los límites cuantitativos que se vienen aplicando en ejercicios anteriores para poder aplicar el régimen de estimación objetiva del IRPF, así como el régimen simplificado del IVA y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP).  IS:
  Cuota líquida mínima. A partir de 2022, las empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros o bien que consoliden fiscalmente, en general, deberán declarar una cuota líquida mínima en el Impuesto sobre Sociedades del 15% de la base imponible.  En ciertos casos, se han establecido límites porcentuales diferentes (por ejemplo, en las empresas de reciente constitución, el porcentaje es del 10%, y en entidades de crédito o hidrocarburos, del 18%). Régimen de arrendamiento de viviendas. La bonificación prevista en el régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas (REAV) para determinadas rentas derivadas de dicha actividad se reduce del 85% al 40%. IVA:
  Módulos. Se prorrogan para el ejercicio 2022 los límites cuantitativos que se vienen aplicando en ejercicios anteriores para poder aplicar el régimen simplificado del IVA y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP).  Tasas: Los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal se elevan hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2021.
Acontecimientos de excepcional interés público vigentes durante 2022:

De 1-1-2022 a 31-12-2024: Plan 2030 de Apoyo a Deporte de Base. Universo Mujer III. Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de París 2024. 100 años del fallecimiento de Joaquín Sorolla. 20 Aniversario de Primavera Sound. Centenario del nacimiento de Victoria de los Ángeles. Conmemoración del 50 aniversario de la muerte del artista español Pablo Picasso. 7.ª Conferencia Mundial sobre Turismo Enológico de la OMT 2023. Bicentenario del Ateneo de Madrid. Barcelona Equestrian Chalenge (4.ª Edición). 200 Aniversario del Passeig de Grácia. Reconstrucción de la Piscina Histórica cubierta de satos del Club Natació Barcelona (CNB). Aimentaria 2022 y Hostelco 2022. Barcelona Music Lab. El futuro de la música. De 1-1-2022 a 31-12-2023 Centenario Federación Aragonesa de Fútbol. Mundo Voluntario 2030 / 35.º Aniversario Plataforma del Voluntariado de España. Hasta 31-12-2023: Plan Decenio Milliarium Montserrat 1025-2025. Torneo Davis Cup Madrid. Hasta 31-12-2024: Todos contra el cáncer.
  De 14-1-2022 a 13-1-2025: Bicentenario de la Policía Nacional.
 
De 31-1-2022 a 30-1-2025: Caravaca de la Cruz 2024. Año Jubilar.
  
De 16-4-2022 a 15-4-2025: Año Jubilar Lebaniego 2023-2024.
 
De 1-6-2022 a 31-5-2025: Año de Investigación Santiago Ramón y Caja 2022.
LABORAL y SEGURIDAD SOCIAL
Las principales novedades sociales recogidas en el Proyecto son las siguientes:
 
Pensiones:
  Revalorización. Durante 2022, se establece una revalorización media de las pensiones igual al incremento del IPC entre los meses de diciembre 2020 y noviembre de 2021 que no van a poder superar el límite máximo fijado para el año 2021 (2.707,49 euros mensuales o 37.904,86 euros anuales) incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2020 y noviembre de 2021. La cuantía de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez se incrementa en el 3% quedando establecida en 5.808,60 euros/año. El complemento por vivienda se fija en 525 euros/año, para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada. Las pensiones del SOVI quedan establecidas en 6.370,00 euros/año, o en 6.182,40 euros cuando concurran con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social. Se fijan las cuantías de las prestaciones familiares y del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género quedando incrementadas, con carácter general, en un 3%. Cotización RGSS:
  El tope máximo de la base de cotización se establece en 4.139,40 euros mensuales. El tope mínimo queda pendiente de la aprobación del SMI ya que su cuantía es equivalente al SMI vigente en cada momento, incrementado en un sexto. Las bases máximas de cotización quedan establecidas para 2022 en 4.139,40 euros mensuales o 137,98 euros diarios. Las bases mínimas, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán en el mismo porcentaje en que aumente el SMI. Se mantienen los tipos de cotización hasta ahora vigentes. Bonificaciones y reducciones:
  Para la obtención de reducciones, bonificaciones o cualquier beneficio en la cotización a la Seguridad Social se exige haber cumplido con las obligaciones con la Seguridad Social no solo en relación con el ingreso de cuotas y recaudación conjunta sino también con cualquier otro recurso de Seguridad Social. Se mantiene la suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral (bonus prevención) para las cotizaciones que se generen durante el año 2022.  Autónomos:
  Actividad a tiempo parcial: se aplaza de nuevo la aplicación de las previsiones del Estatuto del Trabajo Autónomo, respecto de los trabajadores por cuenta propia que ejerzan su actividad a tiempo parcial. Cotización RETA: las bases de cotización se fijan en 4.139,40 euros la base máxima y en 960,60 euros la base mínima. Se mantienen los tipos de cotización fijados a partir del 1-9-2021 (1,30% por contingencias profesionales y 0,9% por cese de actividad).
OTRAS CUESTIONES
Interés legal del dinero: se mantiene, para el año 2022, en el 3%.

Interés de demora:  se mantiene, para el año 2022, en el 3,75%.

IPREM: se establecen las siguientes cuantías para el año 2022:  Diario: 19,30 euros. Mensual: 579,02 euros. Anual: 8.106,28 euros o 6.948,24 euros. si expresamente se excluyen las pagas extras.

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