A modo de recordatorio y reiterando comunicaciones anteriores, en este sentido, la gran novedad de la cotización de autónomos a partir de 2023 es que se cotizará según volumen de ingresos de la actividad económica, a diferencia de lo que se venía haciendo hasta el presente 2022, donde el autónomo, independientemente de su facturación, podía elegir la base más adecuada a sus intereses, siempre respetando unas bases mínimas.
A partir de este enero 2023, el autónomo será quién establecerá su cotización, pero con base en los ingresos previstos, y se deberá encuadrar dentro de uno de los 15 tramos que se han creado para las diferentes cotizaciones, ya que posteriormente dichas cotizaciones serán revisadas y regularizadas por la Seguridad Social, como les explicaremos a continuación.
El tramo más reducido es para autónomos que facturen menos de 670€ al mes, y deberán elegir una cotización entre 751€ de mínima hasta los 849€ de máxima. El pago mínimo será, por tanto, de 230€ al mes. En su parte más elevada, el tramo máximo es para rendimientos mensuales superiores a 6.000€, en este caso podrán elegir una base de cotización entre 1.633€ de mínima hasta 4.139€ de máxima y un pago mínimo de 500€. Estos importes irán subiendo paulatinamente en 2024, 2025, etc…
Particularidades a tener en cuenta:
El rendimiento mensual del autónomo se calcula según su facturación o régimen de tributación, incluyendo la estimación directa, el rendimiento calculado por módulos (estimación objetiva), los ingresos como autónomo societario (nómina, dividendos…), o de otro tipo como autónomo colaborador familiar. A los ingresos previstos anuales, se dividirá la cantidad entre 365 días y tendremos la base de ingresos diaria, que se multiplicará por 30 para obtener el importe previsto mensual.
Sobre esta cantidad se aplicará por ley una reducción por gastos generales del 7% para los autónomos persona física y un 3% para los societarios y una vez tengamos la cantidad resultante, cotizar sobre ella.
Se establece una base mínima para autónomos, societarios y colaboradores familiares de 1.000€ al mes para 2023.
El autónomo podrá, voluntariamente, durante el año modificar hasta 6 veces la base de cotización, en meses ya previstos (cada 2 meses) con el fin de ajustar su base a la realidad de sus ingresos anuales.
La Seguridad Social practicará DE OFICIO, una vez reciba la información fiscal por parte de la Agencia Tributaria, la regularización de la cuota. Aquellos autónomos que hayan cotizado por debajo de la base que les correspondería, recibirán una notificación para pagar la diferencia de cotización (sin intereses ni recargos). Aquellos que hayan cotizado por una base superior, recibirán también notificación para que se les devuelva de oficio la cantidad pagada de más, o dentro de la base máxima de su tramo, optar por no recibir devolución.
Aquellos autónomos que ya en 2022 están cotizando con las bonificaciones previstas en la tarifa plana, se les mantendrá la misma condición que existe actualmente, hasta finalizar su bonificación (24 o 30 meses). Para los nuevos autónomos a partir de 2023, la tarifa plana es de 80€ y únicamente por un año, ampliable a otro año más, según la cotización del primer ejercicio.
En caso de cualquier duda, pueden ponerse en contacto con nosotros en las vías habituales.
Seguidamente, les dejamos una breve muestra de algunos de los diferentes tramos de cotización:
TRAMO 1 REDUCIDO – INGRESOS MENSUALES INFERIORES A 670€ – BASE COTIZACIÓN ENTRE 751,63€ Y 849,66€ PAGO MÍNIMO DE CUOTA: 230€
TRAMO 1 GENERAL – INGRESOS MENSUALES ENTRE 1.166€ Y 1.300€ – BASE COTIZACIÓN ENTRE 950,98€ Y 1.300€ PAGO MÍNIMO DE CUOTA: 291€
TRAMO 3 GENERAL – INGRESOS MENSUALES ENTRE 1.500€ Y 1.700€ – BASE COTIZACIÓN ENTRE 960,78€ Y 1.700€ PAGO MÍNIMO DE CUOTA: 294€
TRAMO 6 GENERAL – INGRESOS MENSUALES ENTRE 2.030€ Y 2.330€ – BASE COTIZACIÓN ENTRE 1.045,75€ Y 2.330€ PAGO MÍNIMO DE CUOTA: 320€
TRAMO 9 GENERAL – INGRESOS MENSUALES ENTRE 3.190€ Y 3.620€ – BASE DE COTIZACIÓN ENTRE 1.209€ Y 3.620€ PAGO MÍNIMO DE CUOTA: 370€
TRAMO 12 GENERAL (MÁXIMO) – INGRESOS SUPERIORES A 6.000€ – BASE DE COTIZACIÓN ENTRE 1.633€ Y 4.139,40€ (BASE MÁXIMA) PAGO MÍNIMO DE CUOTA 500€