Jose Ignacio Guillén Agüera

Graduado Social – Auditor Laboral de Legalidad - Especialista en Gestión y Procedimientos Laborales

Subvenciones para la compensación sobrecostes energéticos

La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, ha puesto en marcha para las pequeñas y medianas empresas, y personas trabajadoras autónomas una medida que tiene por objeto compensar el sobrecoste energético soportado por las pymes y autónomos especialmente afectados como consecuencia del excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad derivado de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

Subvenciones compensación sobrecostes energéticos

En concreto, el cálculo de la ayuda tendrá en cuenta el coste medio basándose en el coste del kWh de 2021 y su comparación con el incurrido en el periodo de 2022 para el que se concede la ayuda (febrero a diciembre de 2022), siendo la diferencia del coste, aplicada al consumo del período subvencionable, el importe de la ayuda.

De esta manera, una vez aprobado el Decreto-ley, ya se ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes, que será íntegramente telemático a través de la web de la Junta y que permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre.

La ayuda se podrá solicitar a través de un sencillo formulario que sólo requerirá al solicitante sus datos personales, señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022, y su cuenta bancaria para el ingreso de la subvención.

Entre otros requisitos para acceder a estas ayudas, es obligatorio que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz, y se ha debido realizar durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos de la CNAE detallados en el Anexo I del Decreto-Ley, y mantenerla en el ejercicio 2022.

El cálculo de la ayuda se realizará de forma automatizada, por lo que no será necesario adjuntar documentación.

En la web ayudasobrecosteenergetico.es podrá encontrar más información sobre cómo solicitar esta ayuda, accesible este enlace (https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/incentivos-empleo/ayudas-empresas/paginas/ayudas-sobrecoste-energetico.html).

Igualmente, en el 012, teléfono gratuito de atención de la Junta de Andalucía, cuyo horario de atención es de lunes a viernes, excepto festivos nacionales y autonómicos, de 8:00 a 20:00 horas; y sábados, de 8:00 a 15:00 horas.

Le animamos a solicitar ya estas ayudas, dotadas con 525 millones de euros procedentes de Fondos Europeos, y cuya concurrencia es NO competitiva, lo que supone que se resolverán por orden de llegada de las solicitudes abonándose antes de final de este año.

Para el caso de que prefiera que se lo solicitemos a través de nosotros, el coste del servicio será de 186 euros + IVA.

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